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El tamaño de una empresa

Nuevos criterios que determinan el tamaño de una empresa

La Comisión Europea ha decidido ajustar y redondear en un 25% los criterios a considerar a la hora de determinar la categoría de tamaño de una empresa o grupos empresariales. Esta medida es consecuencia de la inflación acumulada en la zona Euro y la Unión Europea entre el inicio del año 2013 y el mes de marzo de 2023 (llegando al 27,2 %). Y en concreto, de la registrada durante 2021 y 2022. La finalidad es tener en cuenta el impacto de este crecimiento general del nivel de precios de consumo.

Así, en la Directiva Delegada (UE) 2023/2775 de la Comisión, de 17 de octubre de 2023, publicada en el DOUE el 21 de diciembre, se han modificado los umbrales a los que se refiere la anterior Directiva 2013/34/UE. A partir del 1 de enero de 2024, se han comenzado a aplicar estos cambios a los nuevos ejercicios económicos. 

¿Qué se modifica respecto de la anterior Directiva?

En concreto, la nueva Directiva afecta únicamente a los apartados 1 a 7 del artículo 3, de Categorías de sociedades y grupos, de la anterior norma. Los nuevos criterios quedan establecidos como sigue:

Empresas individuales:

Microempresa: aquéllas que, en la fecha de cierre del balance, no rebasen los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios siguientes:

  • total del balance: 450.000 €;
  • volumen de negocios neto: 900.000 €;
  • número medio de empleados durante el ejercicio: 10.

Pequeña empresa: la que, en la fecha de cierre del balance, no rebase los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios siguientes:

  • total del balance: 5.000.000 €;
  • volumen de negocios neto: 10.000.000 €;
  • número medio de empleados durante el ejercicio: 50.

Los Estados miembros podrán definir umbrales superiores, sin que rebasen, en todo caso, los 7.500.000 € en el total del balance, ni los 15.000.000 € en el volumen de negocios neto.

Empresa mediana: aquella que no cumpla los requisitos para ser considerada microempresa o empresa pequeña y que, en la fecha de cierre del balance, no rebase los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criteriossiguientes:

  • total del balance: 25.000.000 €;
  • volumen de negocios neto: 50.000.000 €;
  • número medio de empleados durante el ejercicio: 250.

Empresa grande: aquélla que, en la fecha de cierre del balance, rebase los límites numéricos de dos de los tres criterios siguientes:

  • total del balance: 25.000.000 €;
  • volumen de negocios neto: 50.000.000 €;
  • número medio de empleados durante el ejercicio: 250.

Grupos de empresas:

Se entiende por grupos empresariales pequeños los constituidos por una sociedad matriz y sus filiales que vayan a incluirse en una consolidación. Estos además, y de manera consolidada, no deben rebasar los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios siguientes en la fecha de cierre del balance de la sociedad matriz:

  • total del balance: 5.000.000 €;
  • volumen de negocios neto: 10.000.000 €;
  • número medio de empleados durante el ejercicio: 50.

Los Estados miembros podrán definir umbrales superiores, sin que rebasen, en todo caso, los 7.500.000 € en el total del balance, ni los 15.000.000 € en el volumen de negocios neto.

Se consideran grupos empresariales medianos los que no sean grupos pequeños y estén constituidos por una sociedad matriz y sus filiales que vayan a incluirse en una consolidación y que, de manera consolidada, no rebasen los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios siguientes en la fecha de cierre del balance de la sociedad matriz:

  • total del balance: 25.000.000 €;
  • volumen de negocios neto: 50.000.000 €;
  • número medio de empleados durante el ejercicio: 250.

Serán grupos empresariales grandes los constituidos por una sociedad matriz y sus filiales que vayan a incluirse en una consolidación y que, de manera consolidada, rebasen los límites numéricos de por lo menos dos de los tres criterios siguientes en la fecha de cierre del balance de la sociedad matriz:

  • total del balance: 25.000.000 €;
  • volumen de negocios neto: 50.000.000 €;
  • número medio de empleados durante el ejercicio: 250.

Resumen por categoría de empresa

En cuanto a las empresas individuales, para categorizar su tamaño a partir del inicio del ejercicio 2024 se deberán tener en cuenta las siguientes magnitudes, consideradas a fecha de cierre del balance:

Tamaño de una empresa UE 2023

¿Qué se mantiene de la anterior Directiva?

Es importante destacar que la Directiva más reciente no modifica ningún otro artículo de la anterior. Así que, todos los preceptos legales relativos a los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, no se ven afectados por la Directiva Delegada (UE) 2023/2775.

Si tienes cualquier duda o consulta, nuestros consultores estarán encantados de ayudarte en la categorización del tamaño de tu empresa.