Cómo concurrir al Programa 2 de Incentivos INEA
Con el fin de concurrir con éxito al Programa 2 de incentivos INEA, para el uso eficiente de la energía en Andalucía, nuestros consultores han preparado una serie de tres artículos donde desgranan los principales aspectos del nuevo marco y sus principales diferencias respecto del anterior.
En esta primera entrega, encontrarás información acerca de:
1- Las entidades beneficiarias
2- El régimen de concurrencia
3- La cofinanciación europea
4- La complejidad normativa
Programas de Ayudas
Recientemente, se ha procedido al cierre de diversos programas de ayudas de la Agencia Andaluza de la Energía en 2024. En concreto, incentivos para la mejora de la eficiencia energética en la industria, así como para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas, o en autoconsumo, entre otros (de las que algunas aún se encuentran en ejecución o en proceso de justificación). En el contexto de un nuevo marco regulatorio, la administración regional ha renovado las líneas de subvenciones para la eficiencia energética y la implantación de renovables.
Actuaciones financiables
Actualmente, ya han comenzado su andadura las convocatorias de los primeros Programas de Ayudas entre los que se incluyen Incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía (INEA). En concreto, el Programa 2 de INEA, dirigido al Sector empresarial y la cadena agroalimentaria, al que pueden presentarse solicitudes desde el pasado 12 de noviembre de 2025. Este Programa recoge 4 tipos de actuaciones financiables:
- Tipo 2.1.- Eficiencia energética en edificios.
- Tipo 2.2.- Energías renovables en edificios.
- Tipo 2.3.- Eficiencia energética en los procesos e instalaciones.
- Tipo 2.4.- Energías renovables en los procesos e instalaciones.
Conozcamos los detalles importantes para las entidades interesadas.
1. Entidades beneficiarias
En este momento, conviven principalmente 2 Programas de incentivos de la Junta de Andalucía en temática relacionada con la energía: INEA e INCEA (Incentivos integrados de competitividad y energía en Andalucía). Por esta razón, es relevante comprender sus diferencias. En primera instancia, en cuanto a las entidades que pueden participar en cada uno de ellos. El Programa 2 de INEA, en el contexto que nos ocupa, incluye en el Anexo III de su Resolución de convocatoria la relación de CNAE 2009/2025 EXCLUIDOS.Por esto.el ejercicio a realizar es el opuesto al estándar (y al aplicable para INCEA): si el CNAE de la entidad interesada en concurrir a las ayudas no se encuentra en el listado, la misma cumple con el requisito necesario para participar en la convocatoria.
Asimismo, debemos tener presente que en el caso de que la entidad esté dada de alta en diferentes epígrafes de CNAE, la Agencia Andaluza de la Energía considera que el CNAE, bajo el que se solicite la actuación, ha de estar directamente relacionado con la actuación que se vaya a llevar a cabo. Además, no debe encontrarse incluido entre los que se establecen como excluidos en el mencionado Anexo III.
2. Régimen de concurrencia
Las subvenciones a conceder en el contexto de INEA se articulan por el procedimiento de concurrencia no competitiva. Esto significa que las propuestas no se evalúan una vez se cierre el plazo de presentación de solicitudes, sobre unos criterios objetivos de valoración. Los fondos de la convocatoria se asignarán a los expedientes conforme se registren electrónicamente a través del aplicativo de la Agencia Andaluza de la Energía. Y una vez que verifique su correcta cumplimentación y presentación, serán evaluadas.
3. Cofinanciación europea
La Orden de Bases Reguladoras de INEA se encuentra incluida en la línea de subvención “Desarrollo energético de Andalucía FEDER 2021-2027” establecida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Industria, Energía y Minas, para el período 2023-2027, (dentro del Programa de Andalucía FEDER 2021 – 2027). Esto es relevante de cara a comprender el marco financiero de las ayudas, que ya no se incardinan en el Plan de Recuperación, Resiliencia y Transformación (Fondos NextGeneration), sino que volvemos a la financiación a través de los Fondos Estructurales asignados desde Europa, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, concretamente. El Programa Andalucía FEDER 2021-2027 es el principal instrumento de planificación de las actuaciones que la Junta de Andalucía va a financiar con el apoyo del FEDER. Entre sus objetivos y prioridades se encuentran aquellos destinados a contribuir a una transición energética limpia y a reforzar el crecimiento sostenible.
A efectos prácticos, este hecho afecta, entre otras cuestiones, a las obligaciones de las personas o entidades beneficiarias en materia de las medidas de información y publicidad. Así como a las consecuencias que pueda tener su incorrecto cumplimiento (reintegro de hasta un 3% del incentivo concedido).
4. Complejidad normativa
Los Incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía (INEA) están estructurados en 4 programas en función de sus destinatarios y actuaciones a financiar. Estos son:
- Sector residencial y edificios e instalaciones públicas
- Sector empresarial y cadena agroalimentaria
- Redes y sistemas inteligentes
- Hogares vulnerables
A continuación, detallamos las fechas claves de la norma aplicable del Programa INEA:
– Abril/ 2025. La Orden de Bases Reguladoras de INEA se publicó en BOJA a finales de abril, con el detalle de todos estos programas y las distintas líneas que se engloban en cada uno de ellos. En el mismo, se recoge el tipo de actuaciones financiables (hasta 13 distintos).
– Agosto/ 2025. Se publicó una corrección de errores de las Bases. En esta, se modificaron tanto aspectos generales que afectan a todos los programas como tipologías de actuaciones. Asimismo, se introdujeron modificaciones específicas en los requisitos o condicionantes de tipos concretos de actuaciones.
– Noviembre/ 2025. Se publica ya la convocatoria del primer Programa de INEA, de incentivos para el uso eficiente de la energía para el sector empresarial y cadena agroalimentaria en Andalucía (Programa 2). En esta se detallan ya las “reglas de juego” en este contexto expreso. Además, se facilita el referenciado Anexo II de Relación de CNAE 2009/2025 excluidos en el ámbito de aplicación de la convocatoria. En el mismo, se aportan los habituales modelos de formularios de las ayudas de la Junta de Andalucía de solicitud y de alegaciones / desistimiento / presentación de documentos.
A finales de noviembre se publicó una modificación de la Orden de Bases, que analizaremos
en el próximo artículo sobre estos mismos Incentivos.
Documentación
A pesar de todo este repositorio regulatorio, desde la Consejería de Industria, Energía y Minas, de la que depende directamente la Agencia Andaluza de la Energía, aún no se ha publicado, a fecha de redacción de este artículo, una normativa consolidada que facilite la interpretación y aplicación correctas de los preceptos que corresponda. Por ello, hoy por hoy, debemos manejar simultáneamente los 4 documentos jurídicos descritos. Así, debemos identificar individualmente los aspectos que sucesivamente hayan podido ir variando en cuanto a la norma aplicable. Ahora bien, hay que tener presente que todavía están por publicarse las convocatorias de los 3 Programas restantes de INEA.
Nuestros consultores están más que familiarizados con estos incentivos, así que, si estás interesado, podemos ayudarte. ¿Concertamos una reunión?

