PERTE Agroalimentario 2024
El pasado 22 de agosto se publicó la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen la bases reguladoras y las convocatoria 2024 para la concesión de ayudas del PERTE Agroalimentario. Se subvencionan proyectos industriales del sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En este artículo os facilitamos mayor detalle de esta convocatoria.
CONVOCANTE
El convocante es el Ministerio de Industria y Turismo.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación será el que establezcan las convocatorias que se deriven de esta orden de bases.
TIPOLOGÍA
Se trata de una concurrencia no competitiva.
DESTINATARIOS
Sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y sociedades agrarias de transformación (SAT) con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que desarrollen una actividad industrial. Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial si las actividades para las que solicita ayuda financiera se encuadran en las actividades incluidas en el anexo I de la Orden de las Bases Reguladoras, y ha desarrollado dichas actividades al menos durante los tres años anteriores, contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud conforme a la correspondiente convocatoria.
TIPOS DE PROYECTOS/ACCIONES FINANCIABLES
1. Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación
a) Investigación industrial. La investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
b) Proyectos de desarrollo experimental. La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Aquí se incluyen los productos, procesos o servicios digitales, en cualquier ámbito, tecnología, industria o sector (incluidas, aunque no exclusivamente, las industrias y tecnologías digitales, como la supercomputación, las tecnologías cuánticas, las tecnologías de cadena de bloques, la inteligencia artificial, la ciberseguridad, los macrodatos y las tecnologías de computación en nube o periférica).
c) Proyectos de innovación en materia de organización. La aplicación de un nuevo método organizativo a nivel de la empresa, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores. Por ejemplo, mediante el uso de tecnologías digitales novedosas o innovadoras.
d) Proyectos de innovación en materia de procesos. La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos), a nivel de la empresa. Por ejemplo, mediante la utilización de tecnologías o soluciones digitales novedosas o innovadoras.
2. Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética
a) Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente que cumplan al menos una de las siguientes condiciones.
i) Inversiones que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medio ambiente derivado de sus actividades superando las normas de la Unión Europea, independientemente de la existencia de normas nacionales obligatorias más estrictas que las de la Unión;
ii) Inversiones que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medio ambiente derivado de sus actividades en ausencia de normas de la Unión Europea.
b) Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o energías renovables. Se considerarán aquellas inversiones destinadas a mejoras que permitan lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en los procesos de producción de la entidad o sustitución de fuentes de energía fósil por renovable.
3. Línea de inversión PYME
Proyectos realizados exclusivamente por PYMES destinados a la inversión en activos materiales e inmateriales relacionados con el proceso industrial en el ámbito de la industria agroalimentaria. Las inversiones realizadas dentro de esta línea consistirán en:
a) Ampliaciones de la capacidad productiva de un establecimiento existente.
b) Creación de capacidad productiva en un nuevo establecimiento.
c) Diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales.
d) Transformación fundamental del proceso general de producción de un establecimiento existente.
FINANCIACIÓN
Las ayudas tienen efecto incentivador. Esto es, el beneficiario ha de presentar la solicitud de ayuda antes del inicio de los trabajos del proyecto o actividad.
Asesoramiento profesional
Las ayudas del PERTE Agroalimentario constituyen una verdadera oportunidad para que muchas empresas den un paso más y se adapten en un mercado altamente competitivo. Si te interesa esta convocatoria, ponte en manos de nuestros consultores.
Puedes descargar la síntesis de las Bases Reguladoras Convocatoria PERTE Agroalimentario 2024 aquí.